Ley 12/2007
Artículo 1 de Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía
Objeto
Última actualización en BOE:
Texto íntegro
Constituye el objeto de esta ley hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución y 15 y 38 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, seguir avanzando hacia una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 12/2007). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 12/2007
- Artículo 2Ámbito de aplicación
- Artículo 3Definiciones
- Artículo 4Principios generales
- Artículo 5Transversalidad de género
- Artículo 6Evaluación de impacto de género
- Artículo 7Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres
- Artículo 8Enfoque de género en el presupuesto
- Artículo 9Lenguaje no sexista e imagen pública
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