Ley 22/2006

Artículo 6 de Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid

Artículo 6. Presidencia de la Comisión Interadministrativa de Capitalidad

Última actualización en BOE:

Texto íntegro

Artículo 6. 1. La presidencia de la Comisión Interadministrativa de Capitalidad corresponde al Estado. 2. Su composición y funcionamiento se determinará en su Reglamento, que se aprobará por unanimidad de sus miembros. TÍTULO II Gobierno y Administración municipal CAPÍTULO I Gobierno municipal Sección primera. Disposiciones generales

Fuente: Boletín Oficial del Estado.

Qué saber para el examen

  • ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
  • ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
  • ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (Ley 22/2006). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
  • ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.

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