Ley 37/2007
Artículo 1 de Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público
Objeto
TÍTULO I Disposiciones generalesÚltima actualización en BOE:
Texto íntegro
La presente ley tiene por objeto la regulación básica del régimen jurídico aplicable a la reutilización de los documentos elaborados o custodiados por los sujetos incluidos en el ámbito subjetivo de aplicación regulado en el artículo 2, así como de los datos de investigación de acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 3.bis. La aplicación de esta ley se hará sin perjuicio del régimen aplicable al derecho de acceso a los documentos y a las especialidades previstas en su normativa reguladora.
Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Qué saber para el examen
- ·Memoriza el supuesto de hecho que regula este artículo y el sujeto al que se aplica. Las preguntas de examen suelen invertir uno de los dos.
- ·Atiende a los plazos, porcentajes o cifras que aparezcan en el texto: son los datos más frecuentes en preguntas tipo test.
- ·Relaciona este artículo con los del mismo bloque (TÍTULO I Disposiciones generales). Los tribunales contrastan apartados próximos para diseñar distractores.
- ·Comprueba si ha sido modificado por una norma posterior. La fecha de actualización indica la versión vigente.
Otros artículos de Ley 37/2007
- Artículo 2Ámbito subjetivo de aplicación
- Artículo 3Ámbito objetivo de aplicación
- Artículo 4Régimen administrativo de la reutilización
- Artículo 5Formatos disponibles para la reutilización
- Artículo 6Prohibición de derechos exclusivos
- Artículo 7Tarifas
- Artículo 8Condiciones de reutilización
- Artículo 9Licencias
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